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institución:MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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1 2 Sra. Sylvia Ma. Calvo Sáenz 23 de julio, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 08353 26 de julio, 2004 DI-AA-1578 Señora Silvia María Calvo Sáenz Coordinadora, División de Asuntos Jirídicos Ministerio de Economía, Industria y Comercio Apartado Postal 10216-1000 San José Estimada señora: Asunto: Convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y la Cámara de Industrias de Costa Rica para la Red de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES). Nos referimos a su Oficio No. AJ-159-04 del 16 de junio del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la Cámara de Industrias de Costa Rica para la Red de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el convenio de cita, sujetándolo a las siguientes observaciones: · Cláusula segunda En el inciso d) de las obligaciones del MEIC, se establece poner a disposición de la Cámara de Industrias la información sobre empresas y sectores productivos que se almacenen en el Sistema de Información Empresarial de ese Ministerio y en el Registro Nacional de las PYMES. Sobre el particular, deberá tenerse presente lo que estipula el artículo 23 de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley No. 8262 Por su parte, en el inciso e) se indica que el MEIC deberá guardar la confidencialidad de la información suministrada por la Cámara, y que ésta solo podrá ser utilizada o mostrada en forma agregada, con el fin de conocer los sectores y desarrollar indicadores de desempeño. Sin embargo, dicha utilización deberá realizarse además previa autorización de la Cámara. · Cláusula Tercera Se menciona que, en la coordinación de la ejecución del convenio, los representantes de las part ...
Fecha publicación: 25/07/2004
Fecha emisión: 22/07/2004
Documento: 08353-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


1 2 Sra. Sylvia Ma. Calvo Sáenz 26 de julio, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 08351 26 de julio, 2004 DI-AA-1577 Señora Silvia María Calvo Sáenz Coordinadora, División de Asuntos Jirídicos Ministerio de Economía, Industria y Comercio Apartado Postal 10216-1000 San José Estimada señora: Asunto: Convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) para la Red de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES). Nos referimos a su Oficio No. AJ-158-04 del 16 de junio del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) para la Red de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el convenio de cita, sujetándolo a las siguientes observaciones: · Cláusula segunda En el inciso d) de las obligaciones del MEIC se establece poner a disposición del INA la información sobre empresas y sectores productivos que se almacenen en el Sistema de Información Empresarial de ese Ministerio y en el Registro Nacional de las PYMES. Sobre el particular, deberá tenerse presente lo que estipula el artículo 23 de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley No. 8262 Por su parte, en el inciso e) se indica que el MEIC deberá guardar la confidencialidad de la información suministrada por la Cámara, y que ésta solo podrá ser utilizada o mostrada en forma agregada, con el fin de conocer los sectores y desarrollar indicadores de desempeño. Sin embargo, dicha utilización deberá realizarse además previa autorización del INA. · Cláusula Tercera Se menciona que, en la coordinación de la ejecución del convenio, los representa ...
Fecha publicación: 25/07/2004
Fecha emisión: 22/07/2004
Documento: 08351-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


1 2 Sra. Sylvia Ma. Calvo Sáenz 26 de julio, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 08357 26 de julio, 2004 DI-AA-1581 Señora Silvia María Calvo Sáenz Coordinadora, División de Asuntos Jirídicos Ministerio de Economía, Industria y Comercio Apartado Postal 10216-1000 San José Estimada señora: Asunto: Convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y el Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR) para la Red de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES). Nos referimos a su Oficio No. AJ-157-04 del 16 de junio del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y el Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR) para la Red de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el convenio de cita, sujetándolo a las siguientes observaciones: · Cláusula segunda En el inciso d) de las obligaciones del MEIC se establece poner a disposición del Instituto la información sobre empresas y sectores productivos que se almacenen en el Sistema de Información Empresarial de ese Ministerio y en el Registro Nacional de las PYMES. Sobre el particular, deberá tenerse presente lo que estipula el artículo 23 de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley No. 8262 Por su parte, en el inciso e) se indica que el MEIC deberá guardar la confidencialidad de la información suministrada por la Cámara, y que ésta solo podrá ser utilizada o mostrada en forma agregada, con el fin de conocer los sectores y desarrollar indicadores de desempeño. Sin embargo, dicha utilización deberá realizarse además previa autorización del Instituto. Entre las obligaciones del ITCR se indica que éste se compromete a facilitar el apoyo técnico ...
Fecha publicación: 25/07/2004
Fecha emisión: 22/07/2004
Documento: 08357-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


1 3 Lic. Cynthia Zapata Calvo 17 de junio, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 06501 17 de junio, 2004 DI-AA-1236 Licenciada Cynthia Zapata Calvo Directora, Área de Apoyo al Consumidor Ministerio de Economía, Industria y Comercio Estimada señora: Asunto: Convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la Universidad de San José, sede de San Carlos, para la ejecución efectiva del Programa para la Atención Integral del Consumidor. Nos referimos a su Oficio No. AAC-314-04 del 27 de mayo del año en curso, mediante el cual nos remite nuevamente para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la Universidad de San José, sede de San Carlos, para la ejecución efectiva del Programa para la Atención Integral del Consumidor. Sobre el particular nos permitimos manifestar lo siguiente: I. Antecedentes · Mediante nota No. DVM-047 del primero de marzo del 2004 se remitió por primera vez el convenio en cuestión para estudio por parte de esta Contraloría General. · No obstante, mediante Oficio No.3288 (DI-AA-693) del 29 de marzo de este año, se remitió sin refrendo el convenio de cita por las siguientes razones: ? Según se indicaba en el Considerando III del convenio en cuestión, el Ministerio de Economía había venido coordinando esfuerzos con la Universidad de San José en San Carlos, para que estudiantes avanzados de Derecho realizaran sus horas de trabajo comunal dando talleres de capacitación a la población del cantón, sobre la Ley No. 7472, los derechos de los consumidores y las obligaciones de los comerciantes; así como atendiendo una oficina de quejas y denuncias y la realización de conciliaciones de problemas de consumo de la zona. Sin embargo, no se indicó el fundamento jurídico mediante el cual el Ministerio de Economía podía trasladar ...
Fecha publicación: 17/06/2004
Fecha emisión: 14/06/2004
Documento: 06501-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


1 2 Sr. Gregorio Segura Coto 18 de junio, 2002 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 03798 15 de abril, 2004 DI-AA-774 Licenciado Gilberto Barrantes Rodríguez Ministro Ministerio de Economía, Industria y Comercio Estimado señor Ministro: Asunto: Refrendo a Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la empresa Riteve S y C S.A., para promover la educación a los consumidores, así como orientar prácticas adecuadas de consumo. Damos respuesta a su Oficio N° DM-140-2004 de 15 de marzo del 2004, mediante el cual solicita el refrendo al Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la empresa Riteve S y C S.A., para promover la educación a los consumidores, así como orientar prácticas adecuadas de consumo. Sobre el particular, una vez analizado los términos del documento, vemos que en la especie nos encontramos ante un convenio marco en el que no existe disposición inmediata de recursos públicos . Siendo ello así, el acuerdo de voluntades no requiere del refrendo de esta Contraloría General, por lo que es dable devolverlo sin el respectivo trámite. No obstante lo anterior, resulta importante señalar que las acciones concretas que realicen las partes al amparo del presente convenio marco, requerirán ser sustentadas en documentos específicos que se encontrarán sujetos a las disposiciones del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública. Atentamente, Lic. Manuel Corrales Umaña Jefe de Unidad EDA/hcha ci Archivo Central Ni: 5521 2004001775 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 18/04/2004
Fecha emisión: 15/04/2004
Documento: 03798-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


1 2 Sra. Marta Castillo Díaz 29 de marzo, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 03288 29 de marzo, 2004 DI-AA-0693 Señora Marta Castillo Díaz Viceministra Ministerio de Economía, Industria y Comercio Estimada señora: Asunto: Convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la Universidad de San José, sede de San Carlos Nos referimos a su Oficio No. DVM-047 del primero de marzo del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la Universidad de San José, sede de San Carlos, para la ejecución efectiva del Programa para la Atención Integral del Consumidor. Sobre el particular nos permitimos manifestar lo siguiente: Según se indica en el Considerando III del convenio en cuestión, el Ministerio de Economía ha venido coordinando esfuerzos con la Universidad de San José en San Carlos, para que estudiantes avanzados de Derecho realicen sus horas de trabajo comunal dando talleres de capacitación a la población del cantón, sobre la Ley No. 7472, los derechos de los consumidores y las obligaciones de los comerciantes; así como atendiendo una oficina de quejas y denuncias y la realización de conciliaciones de problemas de consumo de la zona. Sin embargo, no se indica el fundamento jurídico mediante el cual el Ministerio puede trasladar la competencia de atender las quejas, denuncias y la realización de conciliaciones a estudiantes de derecho de una institución privada. No debe olvidarse, que al ser ese ministerio una entidad de derecho público, se encuentra sujeta al principio de legalidad. Por lo tanto, deberá quedar claramente establecido la norma del ordenamiento jurídico que posibilita tal traslado. Por otra parte, en la cláusula cuarta se señala que los nombramientos de los funcionarios encargados de coordi ...
Fecha publicación: 29/03/2004
Fecha emisión: 26/03/2004
Documento: 03288-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS